¿Cuánto margen deja actualmente producir granos y qué tan significativa fue la mejora de julio?
En julio de 2026, los márgenes netos teóricos mejoraron entre USD 60 y USD 83 por hectárea, principalmente por la recuperación de los precios de los granos y la reducción de algunos costos. Alcanzaron USD 411 por hectárea para un propietario de zona núcleo y USD 83 para uno de zona extrapampeana; entre los arrendatarios, se ubicaron en apenas USD 43 y −USD 148, respectivamente. La mejora interrumpió la trayectoria negativa del primer semestre, pero no implicó una recuperación completa: los márgenes todavía se encontraban entre USD 135 y USD 183 por debajo del promedio de 2018-2025.
¿Quiénes enfrentan la situación más comprometida y por qué la carga tributaria afecta más a las zonas extrapampeanas?
Los resultados más ajustados corresponden a los productores arrendatarios y, especialmente, a los establecimientos extrapampeanos, que combinan menores rindes y mayores costos logísticos. A esta desventaja se suma una mayor carga tributaria relativa: durante los últimos doce meses, los impuestos absorbieron el 55,4% del excedente económico en zona núcleo y el 76,4% en zona extrapampeana. Los DEX explican buena parte de la diferencia porque gravan el valor de la producción y no el resultado neto, por lo que afectan proporcionalmente más a las zonas con menor excedente económico.
¿Cómo habrían sido los números agrícolas de los últimos doce meses si los DEX hubieran sido cero?
El margen del productor propietario habría aumentado USD 212 por hectárea en zona núcleo y USD 160 en zona extrapampeana, mientras que la carga tributaria habría bajado del 55,4% y 76,4% al 33,0% y al 39,3%, respectivamente. Por cada USD 100 de DEX eliminados, alrededor de USD 70 se habrían transformado en un mayor margen para el productor y los USD 30 restantes habrían retornado al Estado mediante una mayor recaudación de otros impuestos, principalmente Ganancias.
Introducción
Producir granos en Argentina no rinde igual en todas partes ni para todos. La localización del campo, el régimen de tenencia de la tierra, los rendimientos obtenidos, la eficiencia del manejo productivo, la modalidad y el costo del financiamiento y el momento en que se compran los insumos y se venden los granos, entre otros factores, pueden modificar sustancialmente la ecuación económica final. Si bien esta heterogeneidad impide definir un único resultado representativo del sector, un ejercicio teórico basado en casos típicos resulta útil para realizar comparaciones y analizar tendencias.
Con ese objetivo, en este trabajo se actualiza hasta julio de 2026 la estimación del margen neto por hectárea, utilizado como indicador de los resultados económicos de la actividad agrícola. El análisis contempla cuatro situaciones típicas, definidas según la zona geográfica —núcleo y extrapampeana— y el régimen de tenencia de la tierra —campo propio y alquilado—. También se examina la carga tributaria que soporta la actividad, que en algunos casos absorbe más de las tres cuartas partes del excedente económico generado por cada hectárea puesta en producción.
En línea con este último aspecto, hacia el final del artículo se presenta un ejercicio contrafáctico que busca responder la siguiente pregunta: ¿cómo habrían sido los resultados económicos agrícolas de los últimos doce meses si las retenciones hubieran sido cero?
Tabla 1. Supuestos base y definición de casos bajo análisis

Fuente: IERAL de Fundación Mediterránea en base a Revista Márgenes Agropecuarios y otras fuentes.
El análisis supone establecimientos de una escala de 500 hectáreas, con un sistema básico de rotación de cultivos “50 y 50” entre soja y maíz. A partir de este supuesto base, se analizan cuatro casos definidos en función de la zona geográfica (zona núcleo – extrapampeana) y el régimen de tenencia de la tierra del establecimiento (campo propio – alquilado), que buscan captar al menos en parte la heterogeneidad del sector. El detalle de los supuestos se presenta en la tabla 1.
Las principales diferencias entre zonas responden a la productividad de la tierra (rendimientos de los cultivos) y las distancias a puerto (costos de transporte). También se contemplan diferencias en los requerimientos de insumos y labores, de acuerdo con las condiciones productivas de cada región (costos directos de producción). Por su parte, la diferencia entre propietarios y arrendatarios dentro de una misma zona surge del costo del alquiler, expresado en quintales fijos de soja por hectárea y valuado al precio FAS Rosario vigente.
Evolución de los resultado económicos agrícolas
En esta sección se presenta una estimación de los resultados económicos agrícolas para los cuatro modelos bajo análisis para el período enero 2018 – julio 2026. La ecuación económica se mide a través del margen neto por hectárea del productor (MN), definido como la diferencia entre ingreso total (IT), costo total (CT) y todos los impuestos (T) que recaen sobre la actividad (MN = IT – CT – T).
El ingreso total surge de valuar la producción de soja y maíz del establecimiento a precios FOB. El costo total incluye costos de estructura, insumos, labores agrícolas, gastos comerciales, el costo de cosecha, y en el caso de los productores arrendatarios, el costo del arrendamiento. En impuestos se consideran tributos nacionales —Derechos de Exportación, impuesto a los débitos y créditos bancarios e impuesto a las ganancias— y provinciales —inmobiliario rural, ingresos brutos y sellos—. El detalle de la carga tributaria se desarrolla en una sección posterior.
Gráfico 1. Márgenes netos según zona y tipo de productor agrícola *

Valores en USD reales por hectárea
* Rotación “50 y 50” (soja-maíz) - rindes medios de cada zona constantes en el tiempo (ver tabla 1). Se ajusta por IPC USA.
Fuente: IERAL de Fundación Mediterránea en base a Revista Márgenes Agropecuarios y otras fuentes.
Para interpretar los resultados, es importante tener en cuenta que el indicador no busca reflejar el margen efectivo obtenido por los productores en el período, sino capturar los cambios en los resultados derivados de variaciones en las condiciones económicas de la actividad —precios, costos e impuestos—, manteniendo constantes los parámetros productivos definidos en la Tabla 1 para cada modelo.
Sobre esta base, el gráfico 1 muestra la evolución del margen neto, medido en USD constantes por hectárea. La comparación permite apreciar, por un lado, las diferencias de resultados entre zonas —núcleo y extrapampeana— y entre regímenes de tenencia de la tierra
El indicador presentado es teórico e instantáneo. Es teórico porque supone parámetros productivos constantes en el tiempo, lo que deja de lado el impacto de shocks positivos o negativos sobre el rinde de los cultivos; es decir, se trata de un resultado económico estimado a rinde “fijo”. Bajo este criterio, por ejemplo, no se incorpora el impacto de la sequía 2022/23 ni los efectos de la “chicharrita del maíz” durante la campaña 2023/24. Es instantáneo porque los ingresos, costos e impuestos se miden en un mismo momento del tiempo, sin considerar el ciclo biológico de los cultivos ni estrategias comerciales alternativas asociadas al momento de venta de los granos, la compra de insumos o el pago de impuestos.campo propio y campo alquilado—. Por otro lado, más allá de las diferencias de nivel entre modelos, permite observar la dinámica general de los resultados agrícolas a través del tiempo.
En julio de 2026, los márgenes netos de los productores propietarios se ubicaron en USD 411 por hectárea en zona núcleo y USD 83 por hectárea en zona extrapampeana. En el caso de los arrendatarios, los márgenes fueron más ajustados: se mantuvieron positivos en zona núcleo —USD 43 por hectárea—, pero siguieron en terreno negativo en zona extrapampeana —USD -148 por hectárea—.
Estos valores representan una clara mejora respecto del mes previo y cortan la dinámica negativa que venía arrastrando el primer semestre. La mejora fue de entre USD 70 y USD 83 por hectárea para los productores propietarios y de entre USD 60 y USD 71 para los arrendatarios.
El principal motor de la mejora fueron los mayores ingresos del establecimiento “50 y 50”, que aumentaron 7% real intermensual como resultado de la mejora en las cotizaciones de los granos. A modo de referencia, el precio FOB de la soja pasó de USD 417/ton en junio a USD 452/ton en julio, con una suba del 8,6% real intermensual. El precio del maíz, por su parte, aumentó de USD 197 a USD 208/ton, anotando una mejora del 5,4%.
Como factor secundario, los costos operaron en direcciones opuestas según el régimen de tenencia. Para los productores propietarios contribuyeron a la mejora: los costos totales del establecimiento “50 y 50” cayeron 1,5% real intermensual, tanto en zona núcleo como en zona extrapampeana.
Para los arrendatarios, en cambio, los costos jugaron en contra: aumentaron 1,9% en zona núcleo y 0,5% en zona extrapampeana. La explicación se encuentra en el arrendamiento: al estar fijado en toneladas de soja, la misma suba de precios que impulsó los ingresos encareció el alquiler en unos USD 44 por hectárea en zona núcleo y USD 22 en zona extrapampeana. Descontado ese efecto, los costos productivos cayeron 1,5% en ambos regímenes.
Esta última baja de los costos productivos se explicó principalmente por los insumos, el rubro de mayor peso dentro de la estructura de costos del establecimiento, cuyos precios retrocedieron respecto del mes anterior. A ello se sumó un efecto menor asociado con el abaratamiento, medido en dólares, de los costos que el productor paga en pesos —labores de contratistas, salarios, estructura y comercialización—. Esto ocurrió porque el tipo de cambio aumentó por encima de los precios internos: el dólar oficial subió 2,5% en julio, frente a una inflación que, a falta del dato definitivo, se estima en 2%.
Este segundo factor puede ser de naturaleza transitoria, dado que el alivio depende de una relación entre el dólar y los precios domésticos que puede revertirse en cualquier momento. De todos modos, su incidencia fue residual en la mejora de los márgenes del último mes, explicada fundamentalmente por los mayores precios de los granos y los menores precios de los insumos dolarizados.
Si se toma perspectiva, a pesar de la mejora del último mes, los márgenes de julio de 2026 se ubicaron entre USD 135 y USD 183 por hectárea por debajo del promedio de enero de 2018 a diciembre de 2025, según el caso. En términos dinámicos, el gráfico 1 muestra que los niveles más elevados de márgenes se registraron entre comienzos de 2021 y fines de 2022, en un contexto de precios internacionales particularmente favorables para los granos.
¿Cómo cambian los márgenes netos si hay costos financieros?
En la sección anterior se supone implícitamente que la actividad se autofinancia. Es decir, que la totalidad de los costos e impuestos se afronta con los ingresos generados por la propia actividad. En esta sección se simula cómo quedarían los márgenes netos del período enero 2018 — julio 2026 si, manteniendo inalterados los demás supuestos, el 50% de los insumos se financiara con deuda en pesos a la tasa de interés vigente en el mercado en cada momento del tiempo. 2
En la tabla 2 se presentan los resultados de la simulación. Como puede observarse, en este escenario, los márgenes netos de julio de 2026 serían entre USD 35 y USD 54 por hectárea inferiores a los del escenario sin costos financieros (CF=0). Bajo este supuesto, el margen de los arrendatarios de zona núcleo pasaría a ubicarse muy cerca de cero, aunque los productores arrendatarios de zona extrapampeana seguirían siendo los únicos en terreno negativo. Si se toma como referencia el período enero 2018 - diciembre 2025, un planteo en que la mitad de los insumos se financia con deuda hubiera implicado márgenes entre USD 62 y USD 91 por hectárea menores a los de autofinanciación.
Tabla 2. ¿Cómo cambian los márgenes netos del establecimiento agrícola si el 50% de los insumos se financia con deuda *

* Rotación “50 y 50” (soja-maíz) - rindes medios constantes en cada zona (ver detalle de supuestos en la tabla 1).
Fuente: IERAL de Fundación Mediterránea en base a Revista Márgenes Agropecuarios y otras fuentes.
Para estimar el costo del financiamiento se utiliza, para cada mes, la tasa nominal anual (TNA) promedio aplicada por el sistema financiero bancario a los préstamos en pesos instrumentados mediante documentos a sola firma, publicada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). La serie integra operaciones a distintos plazos —hasta 89 días y a 90 días o más— y se utiliza como tasa de referencia del mercado bancario, no como una línea de crédito sectorial específica para productores agrícolas.
¿Cuánto se queda el Estado (nacional y provincial) por cada hectárea agrícola puesta en producción?
Para responder a la pregunta planteada, debe calcularse la Carga Tributaria Agrícola (CTA). Desde el punto de vista del fisco, la recaudación generada por una hectárea agrícola puesta en producción no depende del régimen de tenencia de la tierra. Es decir, para este cálculo pierde relevancia la distinción entre productores propietarios y arrendatarios.
Esto se debe a que la principal diferencia tributaria entre ambos esquemas se vincula con el impuesto a las ganancias. El arrendatario enfrenta un costo monetario adicional —equivalente al monto del arrendamiento— y, por lo tanto, una menor base imponible. Sin embargo, desde la óptica del fisco, ese efecto se compensa a nivel agregado: el arrendatario deduce el alquiler de su base imponible, mientras que el propietario que percibe esa renta debe tributar ganancias por ese ingreso.
La Carga Tributaria Agrícola (CTA) mide qué proporción del Excedente Económico generado por la actividad antes de impuestos queda absorbido por el pago de impuestos:
Carga Tributaria Agrícola (CTA) = T / EE; donde
T = recaudación del fisco
EE = Excedente Económico de la actividad antes de impuestos
El Excedente Económico de la actividad antes de impuestos (EE) es la diferencia entre el ingreso FOB (IT FOB) y los costos de producción del establecimiento (Cp). Depende únicamente de la zona geográfica (diferencias de rindes y costos de producción por zona) y se distribuye entre tres destinos principales: la retribución al factor tierra / arrendamiento (t), la recaudación del fisco (T) y el margen neto del productor (MN).
EE = IT FOB – Cp = t + T + MN
Cp = estructura + insumos y labores + gastos comerciales y de transporte + cosecha (se trabaja con el caso base, sin costo financiero)
En el gráfico 2.a se presenta la evolución de la Carga Tributaria Agrícola (CTA) en las dos zonas de referencia durante el período analizado. El cálculo incluye impuestos nacionales —Derechos de Exportación, ganancias, débitos y créditos bancarios y combustibles líquidos— e impuestos provinciales —ingresos brutos, inmobiliario rural y sellos—. Para estos últimos, se toma a Córdoba como referencia de la zona núcleo y a Santiago del Estero como referencia de la zona extrapampeana.
Durante los últimos doce meses —agosto de 2025 a julio de 2026—, la CTA promedió 55,4% en zona núcleo y 76,4% en zona extrapampeana.
En otros términos, y retomando la pregunta inicial, el fisco absorbió el 55,4% y el 76,4% del excedente económico generado por una hectárea agrícola en cada zona, respectivamente.
Si bien estos niveles continúan siendo muy elevados, la CTA mostró una tendencia descendente en ambas zonas durante el último año. En
comparación con el promedio de los doce meses anteriores (agosto de 2024 — julio de 2025), se redujo de 60,6% a 55,4% en zona núcleo (-5,2 pp) y de 86,5% a 76,4% en zona extrapampeana (-10,1 pp).
La mayor carga tributaria registrada en la zona extrapampeana no responde a que allí se paguen más impuestos en términos absolutos, sino a que el excedente económico generado por la actividad es menor. Esto se explica por sus menores rindes, sus costos de producción y su mayor distancia a los puertos, en comparación con la mayor productividad y las mejores condiciones logísticas de la zona núcleo.
Por lo tanto, la estructura tributaria afecta proporcionalmente más a las zonas con menor capacidad de pago. La explicación principal se encuentra en los Derechos de Exportación, un impuesto que grava los ingresos brutos del establecimiento —como proporción del precio FOB— y no se ajusta a los resultados económicos ni a la capacidad contributiva del productor, a diferencia de lo que ocurre, por ejemplo, con el impuesto a las ganancias.
En este sentido, el gráfico 2.b presenta la composición por impuesto de la CTA promedio de los últimos doce meses. Los Derechos de Exportación absorbieron 32,2 puntos porcentuales del excedente económico en zona núcleo y 53,1 puntos en zona extrapampeana. Lo contrario ocurrió con el impuesto a las ganancias, que explicó 17,7 puntos de la CTA en zona núcleo y apenas 8 puntos en zona extrapampeana. Esta diferencia responde a que ganancias se aplica sobre el resultado neto y, por lo tanto, se ajusta en mayor medida a la capacidad de pago.
El rasgo común es que, en ambas zonas, los Derechos de Exportación y el impuesto a las ganancias concentran la mayor parte de la carga tributaria.
— En zona núcleo, ambos impuestos absorbieron en conjunto el 50% del excedente económico generado por una hectárea agrícola, mientras que el 5,4% restante se distribuyó entre el impuesto a los combustibles líquidos (1,7%), el inmobiliario rural (1,7%), el impuesto a los débitos y créditos bancarios (1,3%), ingresos brutos (0,8%) y sellos (0,03%).
— En zona extrapampeana, los Derechos de Exportación y ganancias absorbieron conjuntamente el 61,1% del excedente económico y el 15,3% restante se repartió entre: el impuesto a los combustibles líquidos (6,2%), ingresos brutos (5,4%), el impuesto a los débitos y créditos bancarios (2,3%), sellos (0,8%) y el inmobiliario rural (0,7%).
Entre los restantes tributos, la principal diferencia entre zonas se encuentra en ingresos brutos. En la zona extrapampeana explica 5,4 puntos porcentuales de la CTA, mientras que en la zona núcleo no alcanza 1 punto. Esta brecha responde al tratamiento provincial considerado en cada caso. En Córdoba, utilizada como referencia para la zona núcleo, la actividad primaria está exenta y el impuesto solo incide de manera indirecta, mediante el mayor costo incorporado en los insumos y servicios contratados. En Santiago del Estero, tomada como referencia para la zona extrapampeana, a este efecto indirecto se suma la imposición directa sobre la actividad primaria, con una alícuota del 0,75%.
Gráfico 2. Carga Tributaria Agrícola (CTA) en zona núcleo y extrapampeana *
Porcentaje del Excedente Económico generado por la actividad absorbido por impuestos

Gráfico 2.a) Evolución media móvil 12 meses (ene 2018 — julio 2026)
Gráfico 2.b) Apertura por impuesto — últimos 12 meses (ago25 – jul26)
* CTA sobre un establecimiento con rotación “50 y 50” (soja-maíz) - rindes medios de cada zona constantes en el tiempo (ver supuestos en tabla 1)
Fuente: IERAL de Fundación Mediterránea en base a Revista Márgenes Agropecuarios y otras fuentes.
¿Cómo habrían sido los números agrícolas de los últimos doce meses sin DEX?
Para dimensionar el impacto de los Derechos de Exportación sobre los resultados agrícolas, se compara el escenario status quo promedio de los últimos doce meses —agosto de 2025 a julio de 2026— con un escenario contrafáctico en el que las alícuotas de DEX se reducen a cero para la soja y el maíz.
Durante el período analizado, las alícuotas legales partieron de 26% para la soja y 9,5% para el maíz en agosto de 2025 y, desde mediados de diciembre de 2025, se ubican en 24% y 8,5%, respectivamente. El escenario status quo incorpora estas alícuotas, mientras que el contrafáctico supone una alícuota nula durante todo el período. Todas las demás variables —precios FOB, rindes, costos productivos y el resto de los supuestos de cada modelo— son exactamente las mismas entre ambos escenarios, de modo que todos los cambios entre uno y otro responden exclusivamente al efecto de los DEX.
Por construcción, el Excedente Económico antes de impuestos no se modifica entre escenarios: se mantiene en USD 943 por hectárea en zona núcleo y USD 430 en zona extrapampeana. Esto se debe a que los DEX forman parte de la carga tributaria y, por lo tanto, no afectan el excedente generado antes de impuestos, sino su distribución posterior entre el fisco y el productor propietario. Para simplificar el ejercicio, se supone que el establecimiento agrícola produce granos que tendrán destino exportación. Bajo este supuesto, y dado que el Excedente Económico permanece constante, toda reducción de la recaudación tributaria total se traduce, en igual magnitud, en un aumento del margen neto del productor.
En zona núcleo, la eliminación de los DEX habría reducido los impuestos totales de USD 523 a USD 311 por hectárea, una caída de USD 212 por hectárea (-40,5%). Como contrapartida, el margen neto del productor propietario habría aumentado de USD 420 a USD 632 por hectárea (+USD 212), lo que representa una mejora del 50,3%. En términos de carga tributaria, la CTA habría descendido de 55,4% a 33,0% del excedente económico (-22,4 puntos porcentuales).
En zona extrapampeana, los impuestos totales habrían disminuido de USD 328 a USD 169 por hectárea, una reducción de USD 160 por hectárea (-48,6%). El margen neto del productor propietario habría pasado de USD 101 a USD 261 por hectárea (+ USD 160), una mejora del 157,6%. La CTA, por su parte, habría caído de 76,4% a alrededor de 39,3% (-37,1 puntos porcentuales).
En el gráfico 3 se observa que la menor recaudación por DEX no se traduce íntegramente en un aumento equivalente del margen neto, porque su eliminación también modifica la base imponible de otros tributos. El principal efecto compensador se produce a través del impuesto a las ganancias: su incidencia habría aumentado en USD 91 por hectárea en zona núcleo y USD 65 en zona extrapampeana,
debido al mayor resultado obtenido por el productor. También se habrían registrado aumentos en el impuesto a los débitos y créditos bancarios,ingresos brutos y sellos. En cambio, los impuestos cuya base no depende del ingreso o del resultado económico —como el inmobiliario rural y el impuesto a los combustibles líquidos— no se modifican.
En síntesis, por cada USD 100 por hectárea que el fisco habría dejado de recaudar por DEX, alrededor de USD 70 se habrían convertido en un mayor margen neto para el productor, mientras que los USD 30 restantes habrían retornado al Estado mediante una mayor recaudación de otros impuestos, principalmente ganancias.
Aunque la mejora absoluta habría sido mayor en zona núcleo —USD 212 frente a USD 160 por hectárea—, su impacto relativo habría sido considerablemente más importante en la zona extrapampeana. Esto se debe a que allí el margen inicial era mucho más reducido y los DEX absorbían una proporción mayor del excedente económico. En efecto, la brecha de carga tributaria entre ambas zonas se habría reducido de 21 puntos porcentuales en el escenario status quo a poco más de 6 puntos en un escenario sin DEX. El resultado refuerza la conclusión de la sección anterior: al gravar los ingresos brutos y no ajustarse a la capacidad de pago, los Derechos de Exportación afectan proporcionalmente más a las regiones de menor productividad relativa y mayores costos logísticos.
El ejercicio debe interpretarse como un contrafáctico estático y de corto plazo, no como una proyección de equilibrio. Aísla el efecto tributario directo y no incorpora posibles cambios en las decisiones productivas, los precios, el valor de los arrendamientos, el tipo de cambio o las cuentas públicas. En particular, no contempla una eventual expansión del área sembrada y de la producción como respuesta a la eliminación de los DEX, ni la mayor recaudación de otros impuestos que podría derivarse de ese incremento de la actividad y compensar parcialmente la pérdida inicial de recursos fiscales. Además, los resultados se presentan únicamente para productores propietarios, ya que estimar el efecto sobre los arrendatarios exigiría introducir supuestos adicionales acerca de cuánto de la mejora en la cotización interna de los granos se trasladaría al costo del alquiler. Dado que los arrendamientos suelen pactarse en quintales de soja, una parte del beneficio derivado de la eliminación de los DEX podría ser capturada por el propietario de la tierra.
Gráfico 3. Efecto de la eliminación de los DEX sobre el margen neto del productor propietario

Promedio de los últimos 12 meses (ago-25 – jul-26) — USD por hectárea
Fuente: IERAL de Fundación Mediterránea en base a Revista Márgenes Agropecuarios y otras fuentes.
Por Juan Manuel Garzón y Franco Artusso
Fuente: IERAL