El municipio de Patagones recordó que sigue vigente, a través de la resolución 168/09 de la secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de Nación, el sistema de compensaciones por venta de terneros con destino exclusivo a invernada.
El principal objetivo de este instrumento es paliar las consecuencias generadas por las condiciones desfavorables del sector.
Los beneficiarios de la presente compensación son todos aquellos productores ganaderos propietarios de hasta 600 vacas sumando todos sus RENSPA (según consta en acta/s de vacunación de fiebre aftosa del segundo período de 2008), que hayan efectuado la venta de sus terneros/as con destino a invernada entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2009.
La solicitud se hará por única vez, y debe iniciarse una vez finalizadas las ventas, con compensación hasta el 31 de Septiembre de 2009.
Para definir la fecha de venta se considerará la que registre la factura correspondiente, por lo tanto, en caso de realizar ventas con plazo, el productor deberá reclamar las correspondientes facturas independientemente del plazo pactado con su comprador.
La documentación respaldatoria que se exige es la siguiente:
* Personas físicas: fotocopia legible del DNI.
* Personas Jurídicas: fotocopia del Estatuto con la constancia de inscripción ante el organismo de control societario donde esté radicada, y documentación que acredite la personería del firmante de la solicitud del beneficio. En el caso en el que el firmante sea un apoderado, deberá sumar a lo anterior la fotocopia del correspondiente poder acreditante.
Constancia de CUIT actualizada.
Fotocopia del/de las acta/s de Vacunación contra la Fiebre Aftosa correspondiente/s a la 2° campaña de 2008. En su defecto, por tratarse de establecimientos con excepciones de vacunación, remitir la constancia de stock emitida por el SENASA con firma y sello.
Constancia de CBU original emitida por el banco donde esté radicada la cuenta, con la indicación expresa de los datos del titular, que debe ser coincidente con el solicitante, sin excepción, con firma y sello del banco.
Fotocopia de la/s factura/s de venta/s declarada/s en la solicitud. En el caso de facturas tipo A ó B con su n° de CAI y fecha de vencimiento.
Fotocopia del/de los Documento de Tránsito Animal (DTA) declarado/s en la solicitud. En su defecto, podrá remitir fotocopias del talón de constancia del mismo o un certificado original emitido y firmado por el SENASA donde aclare el Nro. de DTA, cantidad y tipo de cabezas y fecha.
Declaración Jurada con firma certificada por autoridad competente (entidad bancaria, juez de paz y escribano).
Toda la documentación deberá remitirse a la dirección de Producción, España 297 de Carmen de Patagones o bien tramitar la presentación a través de las asociaciones rurales de Villalonga y Stroeder.
La modalidad del beneficio es la siguiente: hasta 100 terneros: 60 pesos cada uno; de 101 a 200 terneros: 30 pesos cada uno y de 201 a 300 terneros: 20 pesos cada uno.
LaNueva Provincia


