A través de la Resolución 2/2009, el organismo presidido por el contador Emilio Eyras fijó en 180 días corridos el plazo máximo para efectivizar la exportación de todos los cereales, granos y oleaginosas comprendidos en la Ley de Exportaciones de Productos Agrícolas (Nº 21.453), para todos los exportadores que hayan optado por éste regimen especial.
De esta manera, los tiempos que antes eran de 90 días para el trigo, 120 para el maíz y 180 para la soja y sus subproductos, ahora pasan todos a un plazo de 180 días, siempre que los operadores hayan pagado los derechos de exportación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la aprobación del Registro de Operaciones en el Exterior (ROE Verde).
La autorización se publicará en la página web del organismo, www.oncca.gob.ar, y sólo podrá prorrogarse mediante acto expreso de esta Oficina Nacional, si se hubiere configurado caso fortuito o fuerza mayor dentro del período de validez del ROE Verde, según informó el organismo mediante una circular.
Además de los beneficios que implica para los operadores del sector, la medida suma transparencia a las exportaciones, dinamiza la comercialización de los mercados a futuro y evita la especulación fiscal y su consiguiente elusión tributaria, indicó la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario.
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