Agrositio.com

La Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) informó que a partir del 1º de este mes y hasta el 31 de diciembre del corriente año se eleva el peso mínimo de faena, a 143 kg peso de res con hueso lograda (260 kilos en pie), según lo establece la Resolución SAGPyA 68/07, que sanciona a quienes comercializan con destino a faena y a quienes faenan animales de la especie bovina de las categorías mamones y terneros.

En tanto, para enero de 2009, el peso mínimo ascenderá a 154 kg. res con hueso (280 kilos en pie). La norma contempla un margen de flexibilidad o tolerancia: hasta el 10% del total de animales de la tropa pueden estar bajo el peso mínimo exigido (143 kg) siempre y cuando el peso res con hueso de dichos animales supere los 128kg. para este período, y 138kg. a partir del 1 de enero de 2009, indicaron desde ONCCA.

El incumplimiento de uno de los dos parámetros señalados es suficiente para considerar en infracción a la totalidad de las reses de mamones y terneros (machos y hembras) que se encuentren por debajo del peso mínimo de faena exigido

La normativa de la Oficina de Control establece qué deben hacer los establecimientos faenadores y los titulares de faena, en caso de faenar animales livianos con pesos menores a los establecidos por la reglamentación vigente. En este caso, el establecimiento debe comunicar inmediatamente esta situación a la ONCCA y retener en cámara las reses involucradas. El titular de faena, por su parte, debe efectuar una caución por $500/res hallada en infracción dentro de las 72 horas de finalizada la faena total de la tropa. Si al término de dicho plazo aún no se hizo efectiva la caución por parte del titular de faena, el establecimiento informará a la ONCCA tal circunstancia y esta Oficina Nacional podrá disponer la interdicción y su posterior decomiso, o la suspensión preventiva de la matrícula del titular de faena.

La Resolución 68/07 de la SAGPyA mantuvo el peso mínimo por media res (en balanza oficial) de 85 kilos, para las categorías novillitos y vaquillonas, como así también, el incremento en la escala de pesos máximos (7 kg.) por media res para las mismas categorías en todos sus tipos. En dicha Resolución se establecen, además, los lugares (Patagonia Sur, Bariloche, Ing. Jacobacci) y las razas y/o sus cruzas (Jersey, Holando Argentino) siempre que sean de tambo, que quedan exceptuados de la normativa.