Hasta el 31 de enero, de 9:00 a 16:00 hs., en la sede de la AER INTA San Pedro, ubicada en Sarmiento 370 de esa localidad, se conformará un Centro de Atención a productores cañeros damnificados por sequías y heladas. Con idéntica finalidad, en horas de la tarde, entre las 8:00 y las 13:00 hs., continúa la atención a los productores cañeros en la sede de la Dirección de Desarrollo Agrícola y Forestal, sita en Ascasubi 292, Barrio Bajo La Viña, de San Salvador de Jujuy, según informó el Diario Jujuy

En virtud del decreto provincial Nº 3874-p-2013, por el cual se declara la emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario por sequía y helada, en los departamentos de Santa Bárbara, Ledesma, San Pedro, El Carmen y Palpalá en relación a la producción de caña de azúcar por el período comprendido entre el 1º de julio del año 2013 al 31 de mayo del año 2014.

Por tal motivo, el ministerio de producción, a través de la dirección de desarrollo agrícola y forestal, comunica a los productores cañeros de Jujuy que, durante los días hábiles del período comprendido entre el 13 y el 31 de enero, en el horario de 09:00 a 16:00 horas, en la AER INTA San Pedro, se recepcionará la declaración jurada de productores afectados en la producción de caña, a los efectos de otorgar el correspondiente certificado de daños.

Del mismo modo, los días hábiles del mismo período, entre las 8:00 y las 13 hs., se continuará la atención a productores cañeros en la sede de la dirección de desarrollo agrícola y forestal del ministerio de producción, sita en Ascasubi 292, Bajo la Viña.

Son requisitos para el relevamiento:

1.  Personas físicas: fotocopias simples de la 1º y 2º hoja del DNI.

2.  Personas jurídicas: fotocopia  simple de inscripción en el registro público de comercio, fiscalía de estado o entidad competente que acredite la personería jurídica otorgada. fotocopia certificada por escribano público o autoridad competente de estatuto vigente (incluída las modificaciones) y acta de designación de autoridades vigentes a la fecha.

3. Sucesiones indivisas: fotocopia de testimonio judicial de la designación de administrador judicial. Fotocopia de acta de defunción del causante.

4. Actuación por apoderado: para el supuesto de actuación por mandato general o especial, se agregará copia debidamente del instrumento que acredite el mismo.

5. Para todos los solicitantes: fotocopia certificada por escribano público o autoridad competente de ficha parcelaria y/o escritura y/o contrato de arrendamiento y otros instrumentos que acrediten el derecho real (dominio, condominio, usufructo y uso) o la relación real (posesión o tenencia) que invoque el solicitante respecto de la tierra, según las disposiciones del código civil. Si el solicitante declara mano de obra permanente o transitorios registrados, fotocopia del último formulario 931 presentado en AFIP. Informar toneladas entregadas y rendimientos fabriles promedios de las zafras 2012 y 2013. si desconoce estos últimos guarismos, autorizar al ingenio donde entregó la materia prima, para que esta pueda facilitar la información. Declarar caña sin procesar en toneladas, superficie o número de surcos de 100 m., si fue extraída, fotocopia de acta notarial que certifique la misma y fotos certificadas por escribano público.