El Gobierno de San Juan informó que en último mes del año 2012, el Ministerio de Agricultura, Producción y Abastecimiento de Brasil (MAPA) hizo pública en el Diario Oficial (símil Boletín Oficial) la Instrucción Normativa N º 37, con fecha del 11 de diciembre 2012 en la cual levantan la suspensión de la prohibiciones las importaciones para el ingreso de uva en fresco a ese país.

Por distintas gestiones del Gobierno de San Juan, encabezado por el Ing. Jose Luis Gioja,  las  partidas de uvas en fresco, acompañadas con el certificado fitosanitario de  tratamiento con bromuro de metilo, no tendrán ningún problema para ingresar al vecino país.

Paralelamente al conflicto iniciado meses atrás, el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de San Juan, conjuntamente con el SENASA, atentos a los distintos requisitos impuestos por Brasil, inauguró el pasado 3 de diciembre una cámara de tratamiento de bromuro de metilo en el Parque Industrial de Albardón.

Traducción de la Instrucción Normativa N º 37, 11 de diciembre 2012:

OFICINA DEL MINISTRO

Instrucción Normativa N º 37, 11 de diciembre 2012

El Ministro de Agricultura, Producción y Abastecimiento, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 87, párrafo único, fracción II de la Constitución, con el fin dispuesto en el Decreto Legislativo n º 885, de 30 de agosto de 2005, en Decreto N º 5759 de 17 de abril de 2006, el Decreto n º 1355, de 30 de diciembre de 1994, el Decreto N ° 24 114 del 12 de abril 1934 Instrucción Normativa N º 23 del 2 de agosto de 2004 en Educación Normativa 6, 16 de mayo de 2005, y las disposiciones de procedimiento en 21000.006648/2006-63, resuelve:

Artículo 1 Establece requisitos fitosanitarios adicionales a las previstas por la Instrucción Normativa n º 27, de 31 de julio 2006 para la importación de frutas de uva (Vitis vinifera) (Categoría 3, Clase 4) producido en Argentina.

Artículo 2 En el Certificado Fitosanitario - CF emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria - ONPF del país exportador certificación para los envíos de uva fruta especificado en el arte. En primer lugar esta Instrucción, deberá contener, además de los requisitos Instrucción Normativa necesario fitosanitarias n º 27, de 31 de julio de 2006, el DA2 Declaración adicional: "El envío fue tratado El bromuro de metilo (especificar la dosis, temperatura y tiempo la exposición) para el control de Brevipalpus chilensis bajo

Supervisión oficial. "

Articulo 3 entrará en vigor en la fecha de su publicación.

Firmado por RIBEIRO MENDES*

*Ministro MAPA: Jorge Alberto Portanova Mendes Rivero Filho