El boletín oficial de la Nación publicó el 7 de agosto pasado los nuevos requisitos para acceder al Plan de Mejoramiento de la Cosecha de Yerba Mate y al Plan de Tecnificación del Proceso de Secado, implementados por el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).

Ambas iniciativas se han puesto en marcha para promover, fomentar y fortalecer el desarrollo de la producción, elaboración, industrialización, comercialización y consumo de la yerba mate.

Por su parte, el Plan de Mejoramiento de la Cosecha de Yerba Mate abarca la entrega, en forma gradual, de guinches y carros de arrastre de raídos a operadores debidamente inscriptos en el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero en el INYM. El objetivo es hacer más eficiente la cosecha y evitar la actividad física extrema de tareferos y podadores en el traslado y la carga del producto. Hasta la fecha, la institución entregó 142 guinches y 373 carros.

En cuanto al Plan de Tecnificación del Proceso de Secado financia el equipamiento que necesitan los secaderos de yerba mate para utilizar el chip como fuente de calor, en reemplazo de la leña, y está orientado a plantas de secados debidamente inscriptas en el Registro de Plantas y Depósitos que posee el INYM. El monto máximo a financiar por cada titular de planta que solicite el apoyo, es de 25 mil pesos y los elementos comprendidos son, por cada establecimiento, 1 caracol; 1 Reductor, 1 Motor, correa, cadena, tolva de entrada, rulemanes, etc.; 1 turbina; 1 tablero eléctrico con variador de velocidad, contactores, descargadores atmosféricos, gabinete, etc.; 1 portagrilla; 8 grillas de cromo fundido y 1 reloj de temperatura.

En la actualidad, 71 plantas de secado de la zona productora solicitaron y recibirán el apoyo del INYM. De ese total, 46 ya están funcionando con el sistema que resuelve la falta de leña, y es más amigable y eficiente en términos sociales y económicos.

Para acceder a ambos programas, los operadores y las plantas de secador deberán cumplir los siguientes nuevos requisitos: a) Estar inscriptos en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero en alguna de las categorías previstas en la Resolución 54/08 del INYM; b) Encontrarse al día con la
presentación de las Declaraciones Juradas; c) No poseer multas firmes impagas ni convenios de pago caídos, y d) No tener litigios judiciales en trámite en los que el INYM sea parte y tengan por objeto cuestiones de carácter patrimonial.

Los nuevos requisitos fueron publicados el 7 de agosto de 2012 en el Boletín Oficial número 32454 de la República Argentina, y están contemplados en la Resolución del Instituto Nacional de la Yerba Mate.