Tras el fallo que favoreció al gobierno de Entre Ríos en torno al reclamo por el revalúo del Impuesto Inmobiliario Rural, el gobernador Sergio Urribarri anunció que la provincia mantendrá los descuentos y condonará las multas por pagar fuera de término el tributo.

El gobernador señaló que la diferencia con el sector rural en torno al impuesto rural “no es ninguna batalla” ni el fallo favorable “ningún triunfo”. “Acá hubo una redeterminación de valores justa, moderada y necesaria. Los propios productores al pagar mayoritariamente lo convalidaron y a los que tenían dudas ahora la Justicia se las aclaró”, dijo el gobernador.

Apuntó que los fallos judiciales demuestran que la actualización de los avalúos de los campos en Entre Ríos es algo razonable y justo. “A nosotros nos interesaba mucho esto porque, como no es un tema de gran conocimiento, por ahí algunos aprovechaban a mezclar las cosas haciendo quedar al gobierno en una postura abusiva. El valor de los campos creció mucho y es justo que se actualice y se pague impuesto sobre él. Además, eso era lo que los dirigentes habían acordado con el gobierno anterior”.

Al respecto, la Federación de Sociedades Rurales de Entre Ríos (F.A.R.E.R.), a fin de “llevar tranquilidad a las familias y productores rurales y echar un poco de luz a la información que se está difundiendo en relación al fallo y a los alcances de éste; fallo dictado por la Cámara de Apelaciones en los Civil, Comercial y Laboral de Gualeguaychú ante la Acción de Amparo oportunamente interpuesta”, informó que en el referido Amparo “no se ha resuelto, ni los jueces se han expedido, sobre la cuestión de fondo”.

El comunicado de la entidad agrega que el rechazo ha sido a la acción de amparo por considerar que “no es la vía judicial más apropiada para discutir y dilucidar un asunto tan complejo, no al reclamo o planteo ruralista en sí mismo; y es el mismo Tribunal quien establece que el rechazo de la acción no implica un juicio definitivo sobre la legitimidad de la pretensión sustancial de los amparistas en orden a los derechos que entienden asistirles la que podrá ser debatida y dilucidada por otras vías pertinentes”.

En consecuencia, la entidad concluye en que, “con el asesoramiento de los profesionales que la acompañan, analizadas las circunstancias de hecho y de derecho, y convencidos de que existe un erróneo y un injusto cálculo y determinación del Impuesto Inmobiliario Rural para el período Fiscal 2012, recurriremos a la Justicia por otras vías y acciones disponibles en busca de una respuesta favorable para el sector rural”.

Asimismo, F.A.R.E.R. considera que “resulta favorable al reclamo sectorial y para toda la población en general lo dicho por los jueces, en tanto reconocen que el Estado Provincial, a través de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), ha dificultado y ocultado la información sobre los estudios y operaciones matemáticas y aritméticas efectuadas a fin de arribar al valor del Impuesto Inmobiliario Rural; como así también de los padrones con los avalúos fiscales y del propio Decreto 486/12 que establece esos nuevos valores, entendiendo los sentenciantes que de dicho ocultamiento de la información resulta una actitud no acorde con la manda fijada en el Art. 13 de la Constitución Provincial que reconoce a toda persona el derecho al acceso formal y gratuito a la información pública, completa, veraz, adecuada y oportuna”.