No alcanza con que el poder ejecutivo nacional se decida a respetar el sistema federal de gobierno. También es importante que los gobiernos provinciales lo ejerzan.

El “poder federal” de los Estados Provinciales no constituye una concesión “graciosa” del poder central ni un “adorno folklórico” para que los Gobernadores se floreen en sus discursos. Es potestad indelegable de las Provincias. Y su preservación una grave responsabilidad de las autoridades constituidas de las mismas.

Hoy asistimos a la humillante paradoja según la cual, gobiernos regionales notablemente perjudicados por el avance de un sistema unitario anticonstitucional que exprime a las fuerzas productivas provinciales con impuestos confiscatorios y agobiantes, no encuentran mejor solución a sus embarazos financieros que aumentar la “opresión impositiva” a sus propios comprovincianos.

Sobran razones para tildar de irrazonable el aumento de impuestos y tasas provinciales en general y del impuesto inmobiliario en particular:

1.-  El ahogo financiero de las Provincias tiene como fuente primaria la concentración del cobro y del usufructo de los impuestos en manos del poder central (PEN).

2.- Esta situación se agravó sustancialmente (no sin complicidades) en los últimos años: La masa total de impuestos pasó de un 45% para la Nación y un 55% para las Provincias durante el Gobierno del Dr. Alfonsín a un despojo escandaloso en el que el Poder Ejecutivo Nacional concentra el 75% de lo recaudado dejando el 25% residual para distribuirse entre la totalidad de Provincias y Municipios en la actualidad.

3.-  La carga impositiva desalienta la actividad económica al punto de disminuir la base de recaudación de las mismas Provincias.

4.-  Aquellas cuyas producciones padecen retenciones son damnificadas por doble vía:

a) Este impuesto afecta la principal fuente de riqueza del interior.

b) No son coparticipables salvo en un escasísimo 16% real (No un 30% como se ha publicitado).

5.-  Los impuestos confiscatorios son anticonstitucionales. La “OPRESION” impositiva al ciudadano (1) ha sobrepasado su límite. Investigaciones de varias Universidades demuestran que el costo de cualquier producto contiene un 50% de carga impositiva acumulada durante las diversas etapas de la cadena de valor.  Un Argentino medio debe trabajar hasta Agosto para el fisco y sólo a partir de allí puede gozar de lo que ha obtenido con su esfuerzo.

6.- No corresponde a los Gobernadores y legisladores provinciales esgrimir el argumento del “mientras tanto” ni del “hasta tanto…”. Los impuestos son inflexibles a la baja e inmunes a todo intento de eliminación. “Mientras tanto y hasta tanto” se instauró el provisorio impuesto a los réditos en 1932 para no desaparecer nunca; el aumento del IVA del 13 % al 18%; el nuevo aumento del 18% al 21% más tarde; el impuesto al cheque en algún momento y las retenciones para financiar la guerra del Paraguay en el siglo XIX.

7.- Aunque parezca extravagante en boca de quienes defendemos la libertad de comercio e industria, la propiedad privada y la transparencia de los precios de acuerdo a nuestra Constitución Nacional, hoy podríamos coincidir incluso con Karl Marx y afirmar a coro que las “relaciones de producción” impuestas por el poder central unitario oprimen a las “fuerzas productivas provinciales” apropiándose de la “plusvalía” (¿?) de quienes crean, trabajan y se esfuerzan, en beneficio de una clase parasitaria y explotadora centralista y concentradora alienada en su propia maquinaria de poder.

Este perverso sistema de explotación (¿Socialismo Siglo XXI?), cuyo sustento teórico no se encuentra siquiera en el marxismo elemental, tampoco se soluciona con más impuestos.

8.- En definitiva: “No se resuelven problemas atacando los síntomas y agravando las causas”.

9.- El federalismo político deviene en simple declamación retórica si no lo acompaña el federalismo económico y fiscal.

10.- Según nuestra Constitución Federal las Provincias preceden a la Nación y conservan todo el poder que no fue expresamente delegado por la misma (Const. Nac. Art. 121).

La calificación de “traición a la patria” que prescribe el artículo 29 de nuestra Carta Magna alcanza, según la misma Constitución, no sólo a quienes formulen o firmen estas delegaciones, sino a quienes las “consientan” (aunque no las hayan formulado ni firmado).

Tolerar, continuar o preservar el actual estado de “avasallamiento fiscal” significa claramente “consentir”.

Compensar sus nefastas consecuencias con más impuestos significa “consentir”.

Los ciudadanos no podemos consentir.

Los Señores Gobernadores, los Señores Legisladores Provinciales, tampoco.

Nuestras potestades federales devienen abstractas si no se ejercen los Derechos Económicos de las Provincias que hoy están siendo “salteadas” como no ocurrió nunca en nuestra historia (siquiera durante el reinado de la Corona Española).

Por muchísimo menos se desataron en nuestro país en el siglo XIX sangrientas guerras entre federales y unitarios –que no hubieran imaginado en sus sueños más delirantes que un día sentados en el sillón de Rivadavia se  apropiarían pacíficamente del 75 % de la masa impositiva del país-.

Los Gobernadores y legisladores provinciales conocen las alternativas:

O somos un país federal o somos un país unitario y feudal sometido eternamente a indignas “alianzas de vasallaje” con la "metrópoli", arrastrando a los comprovincianos al infantilismo cívico y económico.

No pueden trasladar a sus pueblos las consecuencias del latrocinio depredatorio de un grupo que gobierna sin la menor consideración a la Constitución Nacional, el Estado de Derecho y el Federalismo.

Las autoridades de Provincia (Estados preexistentes a la Nación que conservan todo el poder que “expresamente” no hayan delegado) no tienen opción: O están al frente de sus Provincia en la recuperación de su histórica y legítima autonomía fiscal o son cómplices del despojo a las mismas.

No alcanza con que el poder central se decida alguna vez a respetar la forma federal de Gobierno.

Es fundamental que los Gobiernos Provinciales lo ejerzan.

La siguiente nota pertenece a Gabriel Venica, abogado, autoconvocado, su actividad se centra en la siembra de precisión y dicta la currícula “Canales y logística” en la UADE