Con el compromiso de dar cumplimiento a los acuerdos celebrados con los productores de trigo de Entre Ríos, Buenos Aires y las empresas exportadoras de granos, la ONCCA dictó la resolución 561/10, a partir de la cual los operadores que soliciten autorizaciones para exportar granos correspondientes a dichos convenios, deberán consignar la procedencia de los granos comprometidos en la operación.
En relación a lo anterior, la ONCCA desea ampliar la información acerca del motivo que inspiró la mencionada resolución y consignar que la intención es contar con información significativa que permita detectar la procedencia del trigo a exportar, para poder resolver por esta vía, la problemática situación planteada en la comercialización en las zonas de Entre Ríos, Puerto Quequén (provincia de Buenos Aires) y la provincia de Santa Fe.
Si bien en el acta acuerdo del 17 de febrero de 2010, firmada por el Gobierno Nacional, el Centro de Exportadores de Cereales y la Federación Argentina de la Industria Molinera, se liberaron 1 millón de toneladas de trigo y 10 millones de toneladas de maíz, la comercialización de este grano merece un tratamiento distinto, ya que no hay situaciones especiales respecto a su comercialización.