Buenos Aires – El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó el nuevo certificado único de lavado y desinfección de vehículos para el transporte de animales vivos a través de la Resolución 810/2009 publicada hoy en el Boletín Oficial.

El certificado aprobado debe ser utilizado de forma obligatoria por todos los lavaderos habilitados por el Senasa, de acuerdo a los decretos 5514/61 y 4238/68, las resoluciones 703/71 del entonces Ministerio de Agricultura y Ganadería, 275/72, 809/82 y 289/96 todas del ex Servicio Nacional de Sanidad Animal; 58/01 y 178/01 del Senasa y 356/08 de la ex Sagpya.

El incumplimiento a lo establecido por esta normativa, será sancionado de acuerdo a lo establecido en el Capítulo VI del Decreto 1585/96.

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