Una de las normas más controvertidas es la Resolución 73, por la cual se
impone para las importaciones el control de calidad (con autorización
fitosanitaria) en la descarga en puertos chinos. Cabe agregar que usualmente en
el comercio mundial estos controles de calidad se concretan al realizarse el
embarque, con un acuerdo entre comprador y vendedor en relación a la empresa
controladora que efectuará la auditoría, en tanto que el país exportador emite
un certificado fitosanitario.
Con la normativa china, la exportación hacia ese país enfrenta un alto riesgo de
ser retenida o rechazada cuando ya está en puerto de descarga, generándose
entonces incertidumbres y sobrecostos por mayores estadías del buque o por la
necesidad de derivarla a otro destino.
Otra norma restrictiva es el nuevo estandar para aceite crudo de soja y aceite
de maní, el que genera también inconvenientes para las exportaciones argentinas.
En ella no se determinaría en forma fehaciente el método analítico a aplicar
para la determinación en destino, y lo más importante es que se reduce
sensiblemente el nivel de tolerancia de residuo de solvente en el producto
graso, algo que afecta la operatoria de nuestra industria aceitera que utiliza,
como en la mayor parte del mundo, la tecnología de extracción por solvente. En
los hechos, el estandar chino sería de aplicación para aceites semirefinados, es
decir con mayor valor que el “crudo”.
Argentina es el principal proveedor de aceite de soja en China, con el 70% de
sus compras anuales, seguido de Brasil con el 30%. Por otra parte, las compras
del país asiático en Argentina comprendieron 1.04 millones de toneladas en el
período enero-julio del 2004, cifra que representó el 40% de las exportaciones
totales del producto.
Como puede observarse la importancia del intercambio de aceite de soja entre
ambos países es alta, por lo cual hay intereses mutuos para superar las
controversias. El principal problema para nuestras exportaciones es que las
autoridades chinas apliquen en forma discrecional estas medidas, según sus
necesidades internas de abastecimiento, convirtiéndolas en paraarancelarias y
generando una alta incertidumbre para nuestras ventas externas.
Las autoridades de la SAGPyA informaron su preocupación por los temas señalados
y que tanto Argentina como Brasil enviaron a principios de septiembre una carta
al gobierno de China para pedir una reunión técnica que evalúe esta medida. La
estrategia argentina será continuar con la negociación bilateral, relegando la
presentación del tema a la Organización Mundial del Comercio (OMC) como última
instancia.
Como fue comentado en nuestro informe Nº 71, son crecientes las posibilidades de
exportaciones de soja desde Sudamérica a China; en tanto que es conocido el
incremento observado en los últimos años en las importaciones chinas de aceite
de soja. Este contexto es favorable para los precios de la soja argentina
siempre que se aclare rápidamente la aplicación de las controvertidas normas
señaladas.