La mayor parte de los tubérculos, hortalizas, menestras y frutas -frescas o
refrigeradas-, cebada, maíz, arroz con cáscara y trigo para siembra, recursos
hidrobiológicos -excepto aquellos destinados al procesamiento de harina y
aceite de pescado-, leche cruda entera son algunos de los productos que estarán
exonerados del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) desde el 1º de
enero hasta el 31 de diciembre del 2004.
Esto se desprende de la Ley Nº 28145 que prorroga los apéndices I y II del
Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo
(ISC), promulgada por el gobierno.
Cabe señalar que los apéndices I y II precisan las operaciones (venta en el
país o importación de ciertos bienes) y servicios, respectivamente, que están
exonerados del pago del IGV.
En la lista de este apéndice también está considerada la primera venta de
inmuebles que realicen los constructores de éstos, cuyo valor de venta no
supere las 35 Unidades Impositivas Tributarias, es decir S/.112,000, bajo
ciertas condiciones.
SERVICIOS
De acuerdo con los tributaristas consultados por La República, los servicios
de transporte terrestre público urbano de pasajeros, el transporte de carga que
se efectúe desde el país hacia el exterior y los que se realicen desde el
exterior hacia el país, los espectáculos públicos culturales y las pólizas
de seguros de vida emitidas por compañías de seguros legalmente constituidas
en el Perú también estarán exonerados del pago del IGV durante el período
mencionado.
Estos servicios corresponden al apéndice I del TUO de la ley, en el cual
también figuran los ingresos percibidos por concepto de ganancias de capital de
empresas del sistema financiero, los intereses y comisiones provenientes de
créditos de fomento otorgados por organismos internacionales o instituciones
gubernamentales extranjeras.
Los contribuyentes que realicen las operaciones comprendidas en este apéndice
podrán renunciar a la exoneración optando por pagar el impuesto por el total
de dichas operaciones, de acuerdo con lo que establezca el reglamento.