La medida se oficializó mediante la Resolución Ministerial N.° 000153-2024-PRODUCE, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

Durante el período comprendido desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto de 2024, quedará prohibida la extracción, comercialización, transporte y procesamiento de la trucha arco iris en dicha región, a excepción del recurso proveniente de los centros de producción acuícola debidamente autorizados.

Esta medida se basa en el análisis técnico realizado por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), que ha recomendado la veda reproductiva para garantizar la preservación y protección del recurso.

El incumplimiento de esta disposición será sancionado de acuerdo con lo establecido en la legislación pesquera vigente.

Se dispone la difusión y cumplimiento de esta resolución por parte de las autoridades competentes, así como su publicación en la sede digital del Ministerio de la Producción.
La norma lleva la firma del ministro de la Producción, Sergio Gonzalez Guerrero.