Mediante la Resolución Ministerial N.º 00430-2023-PRODUCE, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La normativa se sustenta en el marco legal establecido por el Decreto Ley N.º 25977, Ley General de Pesca, que reconoce a los recursos hidrobiológicos como patrimonio nacional, y en el artículo 9 de la misma ley, que faculta al Ministerio de la Producción para regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos.
La Resolución extiende la temporada de pesca hasta el 2 de enero de 2024, considerando un ligero cambio en el patrón de maduración del camarón de río en el río Majes-Camaná, según lo indica el informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe). Se sugiere una prórroga de la veda reproductiva, anticipando la máxima actividad reproductiva para enero de 2024.
A partir del 3 de enero hasta el 31 de marzo de 2024, se prohíbe la extracción, procesamiento, almacenamiento, comercialización, transporte y utilización del recurso camarón de río. La Resolución establece medidas para el manejo responsable del recurso y señala que las infracciones serán sancionadas conforme a la legislación vigente en pesca.
La difusión y supervisión de esta Resolución estarán a cargo de entidades especializadas del Ministerio de la Producción, así como de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú.
La norma es refrendada por la ministra de la Producción, Ana María Choquehuanca de Villanueva.