En la comercialización de frutos cítricos es absolutamente necesario que el
contenido en residuos de plaguicidas sea siempre inferior al límite máximo o
tolerancia del país de destino. De lo contrario, pueden surgir serios problemas
de rechazos de la producción, y lo que es peor, un gran desprestigio de la
actividad en el exterior.
Este tema se complica más aún si consideramos que, por lo general, cada país
tiene diferentes exigencias al respecto. Es decir, los límites máximos de
residuos (LMRs) no son coincidentes, inclusive dentro de la misma Unión
Europea, para la mayor parte de los plaguicidas autorizados.
Por esto, es necesario que los productores y empresarios tomen las decisiones
correctas sobre los tratamientos fitosanitarios a efectuar en los campos, y
posteriormente en los empaques de procesamiento de la fruta fresca. Existe una
legislación vigente para cada país de la UE de los LMRs utilizados tanto en
campo como durante la poscosecha. Para ello, es necesario que exista una mayor
información de los principales clientes argentinos en el exterior sobre los
LMRs en sus países.
En Tucumán existen instituciones (Eeaoc, INTA, UNT) que brindan asesoramiento
permanente a los productores, con el fin de que los mismos elijan la mejor
estrategia posible de lucha contra plagas y enfermedades, en donde se deberá
considerar además de la eficacia en el uso del producto aplicado, sus costos,
sus efectos secundarios y la problemática de residuos. Esto, sin dudas,
contribuirá a evitar mayores problemas en un asunto sobre el que la opinión
pública es cada vez más sensible.
En la Argentina, todos los productos autorizados para los cítricos tienen
fijado un LMRs, determinado según criterios toxicológicos y agronómicos que
se presentan en las etiquetas de los envases de los agroquímicos (insecticidas,
funguicidas, fertilizantes foliares, etc.). El “límite máximo” busca
evitar peligros en los consumidores protegiendo la salud de los mismos. Estos
límites se vuelven más exigentes cuando se trabaja con sistemas de “Producción
integrada”, en donde el contenido de residuos es inferior a los límites
legales exigidos por cada país en las producciones convencionales.
Armonización
La Unión Europea, mercado al que van dirigidos más del 60% de nuestros
cítricos viene armonizando, desde hace varios años, los LMRs de los
plaguicidas con el fin de evitar obstáculos injustificados al comercio entre
países. Según el experto Ramón Coscollá Ramón, de la Secretaría de
Agricultura de Valencia, España, en el caso de los cítricos habrá que prestar
mayor atención ya que los residuos presentan una particularidad muy importante.
Debido al carácter lipofílico de la mayor parte de las moléculas de
plaguicidas (no de todas) y la presencia de celdillas de aceites esenciales en
la corteza de estos frutos (mayoritariamente en limón), los plaguicidas
aplicados penetran fácilmente en dichas celdillas y, por su lipofilia, son
fácilmente bloqueados y retenidos en las mismas, por lo que su persistencia es,
en general, mucho mayor que en otro tipo de frutas.
Aunque en los cítricos se consume la pulpa y no la corteza, desde el punto de
vista del productor sigue siendo un problema, pues el contenido en residuos se
determina sobre el fruto total y allí la persistencia del plaguicida es mayor.
Para los tratamientos a campo y en posrecolección se adoptan criterios
similares.
Los productores y los exportadores deben tener en cuenta que lo único realmente
comprobable por los clientes en el exterior, mediante análisis químicos en la
fruta, es el contenido de residuos de plaguicidas. Por eso, hay que extremar en
origen los cuidados de esta cuestión, si no se quieren tener problemas e
incluso desprestigiar a la producción local.
Algunas referencias
La Unión Europea tiene armonizado algunos LMRs de plaguicidas. Es así que
en todos los cítricos, la abamectina tiene un LMRs de 0,01 mgr/kg; el dimetoato
de 0,02 mgr/kg; el mancozeb de 5 mgr/kg; el metidation de 2 mgr/kg; el
metil-azinfos de 1 mgr/kg. A su vez, para el clorpirifos se acepta un LMRs de 2
mgr/kg para mandarinas; 0,3 mgr/kg para naranjas, y 0,2 mgr/kg. para limones.
Por otra parte el metil-clorpirifos acepta un LMRs para mandarinas de 1 mgr/kg.;
para naranjas de 0,5 mgr/kg. y para limones de 0,3 mgr/kg.
Es de esperar que esta información que brindamos desde esta sección en forma
parcial, pueda ser estudiada en forma más compleja por todo el sector
citrícola de la región, con el único objetivo de que se tomen los recaudos
necesarios previos a cada tratamiento que se inicia, evitándose así cualquier
inconveniente futuro en el exterior.
ERNESTO JOSE CARAM