La Resolución Ministerial N° 00074-2021-Produce establece, además, un límite máximo de captura permisible de la zona sur de 409,000 toneladas, con lo cual las actividades de pesca no podrán exceder dicho tope ni pasar del 30 de junio del presente año.

La decisión se sustentó en dos informes de investigación elaborados en la referida zona por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), en los cuales recomendó, entre otros, iniciar la actividad extractiva, y que se mantenga estricto control sobre la incidencia de ejemplares juveniles y eventos de enmallamiento del recurso.

Detalla que solo podrán hacer faenas de pesca aquellas embarcaciones registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas.