La deuda pública externa impaga del Estado argentino ingresa a una instancia definitiva. El estudio jurídico Cleary Gottlieb redactó la presentación argentina y luego habrá que esperar el fallo de 2da. instancia.
 
El juez federal Thomas Griesa ordenó en octubre de 2012 al Estado argentino pagar US$ 1.330 millones pero una presentación argentina consiguió que el fallo permanezca en suspenso hasta el pronunciamiento del tribunal sobre la cuestión de fondo, lo que sucederá el miércoles 27/02.
 
Los fondos NML, Elliott Management y Aurelius Capital, solicitaron que se rechace la solicitud de los tenedores de bonos de deuda argentina que aceptaron los canjes de 2005 y 2010 de anular la decisión de octubre.
 
En el documento, los fondos rechazan el argumento argentino de que la decisión del juez Griesa viola la ley estadounidense sobre inmunidad de la propiedad soberana (FSIA por sus siglas en inglés), ya que el tribunal “meramente instruye a Argentina a cumplir la promesa contractual de igualdad de trato y no impone un dominio sobre propiedad soberana”.
 
“Es difícil creer que un deudor con más de 40.000 millones en reservas accesibles, incluso Argentina, arriesgaría su segundo no pago en 11 años y la aceleración de 10.000 millones de principal sólo para evitar pagar aproximadamente 1.440 millones de dólares”, añadieron.
 
“Argentina tiene suficientes recursos para cumplir todas sus obligaciones” tanto con los fondos demandantes como con los bonistas que aceptaron el intercambio de deuda, por lo que una decisión de no pagar “será enteramente suya”.
 
La Argentina rechaza esos argumentos.
 
De acuerdo al abogado Eugenio Bruno, en el diario Ámbito Financiero, el Gobierno argumenta que la interpretación que han hecho de la cláusula pari passu tanto Griesa como la Cámara es equivocada. 
 
La Argentina, apoyada por el Gobierno de USA, afirma que la cláusula pari passu es una norma usual, que siempre ha sido entendida como que impide a un deudor crear deuda senior sobre otra deuda que originalmente tenía el mismo rango legal de no subordinación, pero nunca de igualdad de pago en el sentido de tener que pagar dos deudas al mismo tiempo. 
 
Un punto central de la defensa argentina alega que existe un fideicomiso que protege los pagos y que dicha estructura debe ser respetada por los tribunales.
 
Los pagos a los tenedores de los bonos canjeados ocurre en la Argentina, en una cuenta de The Bank of New York en el Banco Central, actuando BNY como fiduciario de dichos tenedores, es decir que bajo esta estructura, cuando dichos fondos se depositan en esa cuenta, los mismos ya no pertenecen más al Estado argentino sino que se encuentran precisamente en fideicomiso en beneficio de aquellos bonistas (tenedores de bonos canjeados). 
 
Y por lo tanto no pueden embargarse por deudas de la Argentina, alega el Gobierno.  
 
La Argentina agrega que no puede cumplir con el depósito en garantía pedido por los fondos reclamantes ya que eso viola la Ley de Inmunidad Soberana de USA, que protege activos no comerciales y, en especial, que impide embargos sobre activos que no sean de dicha naturaleza. 
Y el argumento es que el pago que debería hacer la Argentina saldría de sus reservas y por lo tanto no sería un embargo de un activo comercial sino una orden de pago sobre activos no comerciales.
 
Adicionalmente se insiste con el argumento de que la medida cautelar de Griesa viola el sistema financiero de Nueva York al afectar a agentes intermediarios sobre quienes no pueden imponerse embargos conforme el Código Uniforme de Comercio de Estados Unidos. Éste no parece un argumento demasiado fuerte, ya que la medida cautelar que los demandantes han pedido es principalmente a nivel de Bank of New York, Depositary Trust Company (DTC) y los denominados participantes de DTC, es decir los custodios primarios en la cadena de pagos. 
 
Relatos
 
En este contexto, una quincena de argentinos tenedores de títulos que no entraron en los canjes de 2005 y 2010 fueron invitados por el lobby American Task Force Argentina (ATFA) a contar sus historias en Nueva York.
 
El impacto fue importante, en especial desmintiendo que todos sean representantes de fondos buitres, y apuntando a su condición de tenedores particulares genuinos, que no recompraron la deuda en el mercado de ofertas, más allá del litigio de los fondos de riesgo NML Capital y Aurelius Capital.
 
Varios de los demandantes efectuaron juicios por su cuenta contra el Estado argentino en su país y en USA, y obtuvieron fallos favorables que nunca fueron ejecutados.
 
En el Ministerio de Economía hay preocupación.
 
Si la Cámara de Apelaciones termina fallando que la Argentina violó el trato igualitario (pari passu) con los holdouts, y decide concederles el pago total de la deuda, los problemas en los tribunales neoyorquinos serán mayores.
 
Según cálculos del ex funcionario hoy ejecutivo de Citibank, Guillermo Mondino, el Estado argentino podría enfrentar pleitos por más de US$ 17.000 millones. 
 
Modino sostiene que el monto de la deuda aún en default –según los últimos datos del Ministerio de Economía- asciende a US$ 11.000 millones (US$ 6.700 millones en capital + US$ 4.500 millones en intereses).  Y más del 70% de ese dinero es de bonistas en USA.
 
Pero Mondino afirma que la “cantidad real de juicios potenciales” supera los US$ 17.000 millones, de los cuales sólo alrededor de US$ 6.200 millones hasta el momento han sido ingresados en resoluciones judiciales dentro de los tribunales de USA.   
 
Sucede que el cálculo que hace el Gobierno de los intereses pasados de los bonos en default sólo se realizan (actualizan) hasta el 2010. Pero para las sentencias dictadas en los tribunales de USA, los bonos siguen acumulando intereses del 9% anual, incluso después del vencimiento establecido, deteniéndose sólo una vez se haya dictado una resolución. 
 
En Japón
 
Sin embargo, la Argentina logró una sentencia favorable en el único juicio pendiente en Japón presentado por tenedores (holdouts) de deuda en default.
 
La sentencia judicial rechazó las pretensiones de un grupo de bancos intermediarios de los Bonos Samurai (Bank of Tokyo-Mitsubishi UFJ, Shinsei Bank y Mizuho Corporate Bank), que acudieron a la justicia japonesa en nombre de tenedores de bonos que se quedaron con títulos en default.
 
Los títulos en poder de esos tenedores no superan el 1,4% del total emitido bajo esa legislación, que rondó los 191.000 millones de yenes, precisaron a la agencia estatal Télam fuentes gubernamentales.
 
El valor de la demanda asciende en total a US$ 30 millones, a valores actuales.
 
El fallo japonés contribuye al argumento de los posibles efectos sistémicos en los mercados y a la competencia de las jurisdicciones. 
 
La defensa de la Argentina utilizó argumentos de la inmunidad soberana, y de la aplicabilidad de la normativa local sobre el diferimiento de pagos, entre otros, y cuestionó además la legitimidad de dichos comisionistas de los tenedores, para demandar al país.