La cerealera Alfred Toepfer, una de las principales operadoras de comercio internacional de granos, canceló ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) u$s 33,6 millones que se les reclamaba en concepto de capital e intereses por las diferencias entre lo que pagó y debió pagar por derechos de exportación de soja en los últimos meses de 2007, cuando la alícuota pasó de 27% a 35%.
La deuda exigida se basó en la ley 26.351, llamada Martínez Raymonda, por la cual se habilitó al Estado a reclamar a los exportadores de granos y oleaginosas las millonarias sumas de diferencia entre lo pagado y lo que deberían haber abonado al embarque.
Es que el cambio de alícuota de retenciones se hizo efectivo en noviembre de 2007, un mes después a que comenzara a correr el rumor de que habría un incremento en el gravamen.
Así los exportadores se apuraron a anotar miles de ventas, a fin de que ingresaran en el anterior porcentaje. Pero por la ley Martínez Raymonda, y tras denunciar esas maniobras especulativas, se exigió que las firmas tuvieran que acreditar de manera fehaciente la tenencia, propiedad o adquisición de la mercadería a exportar al momento de presentar la declaración jurada de venta externa. Si la firma no puede demostrarlo, la normativa especifica que se toma como alícuota de retenciones la que fuese mayor entre la fecha de presentación de la declaración jurada y la concreción del embarque.
En el caso de Toepfer, la extinta Oncca había informado a la Aduana que no había sido acreditada la tenencia requerida en función de las destinaciones de exportación oficializadas, por lo que en lugar de tributar 27% de retenciones debía pagar 35%.
Al ser requerida la cancelación de la deuda, la firma pagó el total del capital reclamado y recientemente completó el pago de los intereses, por lo que cerró todo el proceso de litigiosidad con la Aduana, comentaron desde oficinas oficiales.


