La Secretaría de la Producción de la provincia, dio a conocer que se ultiman detalles para la implementación del régimen de compensaciones para pequeños y medianos productores de trigo y maíz dispuesto por el Estado nacional. Según se ha previsto, los primeros pagos se efectivizarían en la segunda quincena de abril.
De acuerdo a lo adelantado desde la Secretaría de la Producción de Entre
Ríos, en los próximos días funcionarios y técnicos de la dependencia oficial
concurrirán a una capacitación que se realizará en la ciudad de Buenos Aires
para instruirse acerca de la aplicación de los mecanismos del régimen
compensatorio. Se trata de una actividad destinada a brindar información sobre
el modo de instrumentación, pero también para organizar la operatoria y la
construcción del padrón de productores, quienes serán destinatarios de la
devolución de retenciones.
Según a lo establecido en la correspondiente resolución conjunta emitida por los
ministerios de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Economía y Finanzas Públicas
de la Nación, el régimen abarca a aquellos labriegos cuya producción no haya
superado, en la campaña 2009/2010 las 800 toneladas anuales de trigo y las 1.240
toneladas de anuales de maíz.
Para acceder al sistema de compensaciones, los productores deberán presentar una
declaración jurada cuyo aplicativo se encontrará disponible en el sitio web
www.oncca.gov.ar para el ingreso de los datos requeridos y su posterior
impresión. Luego, deberán efectuar la presentación correspondiente en las áreas
competentes de cada municipio, se indicó. Quienes deseen recibir más
información, pueden dirigirse a la Dirección General de Agricultura de la
provincia, sita en Tejeiro Martínez 480 en la ciudad de Paraná, o comunicarse a
los teléfonos (0343) 420 8318/ 8178.
PADRÓN. A través de la información gubernamental también se dio a
conocer que actualmente se está trabajando en determinar el universo de
beneficiarios del incentivo a aplicar y establecer las condiciones para la
ejecución de dicho régimen compensatorio. La Oficina Nacional de Control
Comercial Agropecuario (Oncca) será el organismo encargado de liquidar y
disponer los pagos –que serán recibidos por los productores de manera directa
mediante depósito bancario– y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
intervendrá en la ejecución de determinados procesos de control.
Según se argumentó en la norma correspondiente, la medida responde a la
necesidad de establecer un instrumento de apoyo tendiente al aumento de la
producción del sector agroalimentario, especialmente de trigo y maíz,
garantizando el abastecimiento del mercado doméstico en cantidades adecuadas y a
precios razonables, según se expresa en la normativa correspondiente
Para presentar
Los requisitos que los productores deben cumplimentar para acceder al beneficio son los siguientes:
a) Encontrarse inscriptos y activos en el Registro Fiscal de Operadores en la
Compraventa de Granos y Legumbres Secas, establecido por la resolución general
2.300 de AFIP.
b) En caso de ser monotributistas, deberán encontrarse inscriptos y activos en
el Padrón de Productores de Granos – Monotributistas, establecido por la
resolución general 2.504 de AFIP.
c) La percepción del beneficio deberá ser considerada como ingreso bruto a los
efectos del cómputo de los límites para la categorización o exclusión del
régimen.
d) Deberán registrar su CBU de conformidad con lo previsto en la resolución 92
de la Oncca, así como el CUIT.
e) No podrán registrar deuda líquida y exigible por impuestos, aportes y
contribuciones de la seguridad social, cuyo control se encuentra a cargo de la
AFIP.