"Tengo las listas específicas de los amigos del poder que compraron dólares", amenazó Martín Redrado al Gobierno y se abrió un nuevo flanco de guerra entre el desplazado titular el Banco Central y el oficialismo. Pero comprar divisas no es ilegal en sí mismo. La advertencia del economista parece que tenía como destinatarios a quienes hubieran comprado más de U$S 2 millones por mes o no hubieran justificado el origen de los fondos.

Hasta fines de 2001, con la ley de convertibilidad que fijaba “un peso, un dólar”, Argentina mantenía un mercado totalmente libre para el manejo de capitales como en la compra de la moneda estadounidense. No había ningún control por parte del Estado. Así es que se podía entrar, girar, comprar divisas.

Pero con la crisis económica y política que terminó con el gobierno de Fernando de la Rúa, el panorama cambió. En 2002 se sancionó una ley de emergencia económica, se salió de la “convertibilidad” y se el Congreso le delegó al Banco Central el poder para establecer un régimen de flotación de tipo de cambio y de capitales. En otras palabras, le cedió la política cambiaria y financiera.

El régimen cambiario en Argentina establece que una persona física o una empresa no puede comprar más de U$S 2 millones por mes, siempre y cuando sea para inversión o aparcamiento.

El Banco Central tiene un informe diario que cada banco, casa de cambio y entidad financiera le envía sobre quiénes compraron dólares y cuánto compraron. Para ello, cada operación de compra-venta de divisas deja asentado el DNI, el CUIL o CUIT de la persona o empresa que la realiza, el banco que la lleva a cabo, el día, la hora y el monto.

Esa es la lista de la que habla Redrado.

Pero, además, si se supera la adquisición de U$S 10.000, el comprador tiene que justificar el origen de los fondos, como indican las normas de lavado de dinero.

Si sobrepasan esos U$S 2 millones mensuales, el BCRA debe iniciar un sumario y si es un solo banco en el realiza la compra, también se le inicia un sumario a la entidad.

Ese es el tope que los compradores deben respetar. Sólo los importadores o quienes quieren cancelar una deuda externa, pueden realizar operaciones por mayores sumas. Según la ley, en esos casos no hay límite. Pero tienen que presentar documentación que justifique la operación. Quienes compran en el exterior tienen que presentar factura, intervención de Aduana y del banco. Y quienes quieren pagar una deuda deben justificar a través de un banco que esos dólares ingresaron en algún momento.

Si no se cumplen estos requisitos el Central inicia un sumario, pide que no les permita comprar más y hace la denuncia ante la Justicia que pueden concluir con sanciones de multas económica de hasta 10 veces el monto involucrado hasta detenciones.

El nuevo flanco que abrió Redrado, le puede volver como un búmeran. Es que si él sabía de irregularidades en la compra, debía informarlo y que se investigara. Si no lo hizo en su momento, el desplazado funcionario, se convertiría en cómplice.

En cambio, si la amenaza era sólo para aquellos empresarios o personas cercanas al kirchnerismo que hayan comprado dólares dejando de lado, el discurso nacionalista que le gusta enarbolar al Gobierno, Redrado podría cometer el delito de no cumplir con el secreto bancario que le exige la ley como funcionario del BCRA.