Honorable Cámara de Diputados de la Nación Comisión de Agricultura y Ganadería

Posición de la Federación Argentina de la Ingeniería Agronómica

Como Presidente de la Federación Argentina de la Ingeniería Agronómica FADIA deseo agradecer la invitación recibida, para dar a conocer la posición de nuestra Federación en el marco del debate parlamentaria por la ley de Humedales

La FADIA está integrada por más de 25.000 ingenieros agrónomos matriculados nucleados en Consejos, Colegios y Asociaciones de ingenieros/as agrónomos/as en 19 provincias de la República Argentina

La Ingeniería Agronómica es una profesión declarada de Interés Público (Resolución 254/03 Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología), por su vinculación directa no solo con la producción sino también con el cuidado de la salud humana, los recursos naturales, el ambiente. En función de ello se establecieron actividades reservadas al título de Ingeniero Agrónomo, dentro de las que destacamos: “Planificar, dirigir y/o supervisar en sistemas agropecuarios: la introducción, multiplicación y mejoramiento de especies; el uso, manejo, prevención y control de recursos bióticos y abióticos; la dispensa, manejo y aplicación de productor de síntesis química, biológicos y/o biotecnológicos; Dirigir lo referido a seguridad e higiene y control del impacto ambiental en lo concerniente a su intervención profesional ”

En materia de lo que hoy nos convoca, el debate sobre una ley de humedales, nuestro compromiso, desde la profesión, con la sociedad es asegurar la protección y conservación de los humedales de nuestro país, en función de los innumerables beneficios que brindan a la sociedad, en materia ambiental, social y económica.

Consideraciones Generales

Primera Consideración General: Nos preocupa la asociación directa que se hace al vincular Incendios con humedales ó los dichos que necesitamos una ley de humedales para detener los incendios.

La FADIA fijó posición sobre el tema Incendios en el marco del debate de la ley de modificación de la Ley 26.815 Creación del Sistema Federal de Manejo del Fuego en noviembre de 2020, que fuera distribuida a todos los Diputados Nacionales y Senadores Sobre el particular indicábamos:

Fuego: Fenómeno natural. Reacción química de oxidación violenta.

Incendio: Son fuegos fuera de control

Fuegos rurales el combustible es únicamente la biomasa vegetal.

Cualquier medida que impida un manejo adecuado de la Biomasa Vegetal acumulada, va a generar la posibilidad de que ocurran más incendio y de mayor severidad.

La Argentina es propenso al fuego sus suelos son fértiles y generan mucha biomasa, es por ello que se debe fortalecer los Sistemas de Control, Monitoreo, y Alerta Temprana ante condiciones naturales adversas (como las de sequía)

Por todo Nuestra Primera Consideración General es: FADIA tiene el deber de manifestar que la problemática de los incendios supera al debate de los humedales, se encuentra desarrollada en otras normativas vigentes que poseen un muy bajo nivel de cumplimiento. Esta ley no lo resuelve.

2. Segunda Consideración General: Los humedales son ecosistemas muy valiosos en términos ambientales, dada su importancia en la provisión de servicios ecosistémicos y biodiversidad y también socioeconómico-productivos, por su enorme capacidad como proveedor de alimentos, materiales, medicinas, recreación y turismo.

Hay humedales en el país donde son las únicas aéreas posibles para producir alimentos, como los mallines patagónicos, o algunos humedales en la puna muchas aéreas de regadíos cuyanos, donde el régimen pluviométrico no supera los 100/150 mm anuales combinados con temperaturas extremas. Aquí el humedal es quién garantiza la seguridad alimentaria.

En contrapartida los humedales del litoral Argentino, con regímenes pluviométricos superiores a los 800/ 900 mm que son parte del MEGAHUMEDAL de la Cuenca del Plata donde se encuentran asentados más de 130 millones de personas, con 57 ciudades de más de 100.000 habitantes cada una, donde se genera el 70 % de PBI de los 5 países integrantes de dicha Cuenca, Megahumedal que recibe importantes vertidos industriales, cloacales, residuos urbanos. Aquí también tenemos extensas aéreas con tierras fértiles y temperaturas medias que permiten desarrollar actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

Creemos necesario que se ponga en valor los roles, contribuciones y conocimientos de hombres y mujeres, de los pueblos originarios, defendiendo la diversidad socio cultural productiva existente, atendiendo sus particularidades especificas y respetando los derechos en cada uno de los humedales del país.

Por ello FADIA interpreta que una ley que pretenda ser eficaz en materia de humedales debería atender estas realidades bien diferentes, y para ella debe tener, la apertura necesaria para contemplar las grandes diferencias señaladas.

Consideraciones particulares

La FADIA desea hacer aportes al debate en particular de algunos puntos de los diferentes anteproyectos de ley

1. Definición de Humedales

Hemos observado que varios proyectos toman las definiciones tanto de la Convención de RAMSAR, como la adoptada por el COFEMA que tiene su origen en los expertos nacionales del INTA (muchos de ellos ingenieros agrónomos).

Sin embargo a la hora de realizar estimaciones de Humedales, se coteja que para la misma definición, existen porcentajes muy disimiles (desde 9 a más del 23 %), notándose a toda luz, la ambigüedad existente para una misma definición. La posición de FADIA es clara y está en línea con lo elaborado por el INTA que define de manera precisa los “suelos hídricos o sustratos con rasgos de hidromorfismo” Los mismos se entienden como:

Suelo hídrico

“aquel que se formó bajo condiciones de saturación, inundación o anegamiento el tiempo suficiente durante la estación de crecimiento (de la vegetación) como para desarrollar condiciones anaeróbicas en su parte superior.” Los indicadores morfológicos para reconocer suelos hídricos se agrupan de acuerdo a la textura y considerando el espesor de las capas de suelo, el color, el olor y/o la presencia de otros rasgos de óxido-reducción (hidromorfía de suelo) según la profundidad, cantidad y facilidad con que se distinguen (manchas y masas). Según el Servicio de Conservación de Recursos Naturales del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA 1994)

Sustrato no suelo

Se considera sustrato que no es suelo a la parte superior de la corteza terrestre compuesta por sólidos (minerales y materia orgánica), líquidos y gases que no ha sufrido proceso pedogenético, es decir, no ha sido influenciado significativamente por los factores formadores que, interactuando entre sí generan el suelo (material parental, clima, relieve, biota y tiempo), pero aun así puede proporcionar soporte estructural. Ejemplos de esto son: depósitos de sedimentos no consolidados, marismas de marea, afloramientos rocosos, playas y bancos de arena, salinas (Tiner 1999). El resto serian suelos con procesos de formación, que no son definidos como suelos hídricos, que poseen diferentes tipos de aptitud productiva (ganadera, forestal, agrícola, mixtas), que si bien son parte del Sistema integral no deben ser definidos como tales (humedales).

En el caso puntual de algunos proyectos utilizan la definición emanada del los equipos técnicos de INTA, pero olvida consignar definiciones de los conceptos entendidos como Suelos hídricos o sustrato que le darán claridad al futuro inventario nacional de humedales.

FADIA entiende necesario e indispensable incorporar al texto de la ley las definiciones técnicas precisas con el objeto de clarificar el alcance del inventario a realizar. Estas definiciones se basan en conocimiento científico y en procedimientos estandarizados de medición.

2. Inventario Nacional de Humedales Somos un país Federal, regido por una Constitución que establece con claridad los diferentes roles y responsabilidades de la nación y de las provincias, en este caso puntual (art 41 , art 124)

La FADIA es la expresión acabada del Federalismo, Consejos, Colegios creados por leyes provinciales. No somos una organización no gubernamental (ONG), somos instituciones de derecho público no estatal, con mandato delegado de cada provincia para administrar el control del ejercicio profesional.

Los recursos naturales son dominio primario de las provincias, el inventario es el primer paso de gestión para una adecuado manejo de cualquier recurso, por ello FADIA señala que deben ser las provincias las responsables de elaborar sus propios inventario de humedales, en coordinación con el estado nacional, con un proceso metodológico previamente acordado.

3. Prohibiciones y consideraciones.

Entendemos que la ley de presupuestos mínimos no debiera ingresar en ese nivel de detalle, estableciendo prohibiciones o autorizaciones generales para todo el país. FADIA considera que, para una ley de estas características, alcanza indicar que las provincias deberán prestar especial atención en las regulaciones normativas vinculadas a certificar a través de Buenas Prácticas Productivas, Buenas Prácticas para humedales, Buenas Prácticas Ambientales, el cuidado y protección de los humedales.

Asimismo muchas de las prohibiciones citadas en algunos anteproyectos son actividades que se realizan en muchos humedales para su adecuada conservación evitando su degradación.

El documento cita

 La implementación de prácticas que generen vías de escurrimiento artificiales

 El movimiento de suelos cualquiera sea su fin; Una práctica de conservación en tierras de regadío por inundación, es la nivelación de tierras y la construcción y acondicionamiento de canales de drenaje para evitar degradación por salinidad.

 La introducción de especies exóticas -no nativas- con cualquier fin ya sea recreativo, productivo, deportivo, etc.; -

La mayoría (podríamos hablar de más del 85 %) de las especies forestales, frutícolas, hortícolas, las semillas utilizadas para la producción de cereales y oleaginosas , así como las especies ganaderas de producción Bovina, Ovina, son exóticas no solo de argentina sino del continente americano.

Estas autorizaciones de uso se ya encuentran reguladas por el estado argentino a través del entidades tales como INASE /SENASA/ CONABIA

 Las actividades que impliquen monocultivos, cultivos intensivos y/o agricultura industrial.

Esta prohibición desalentaría la producción de monocultivos como los olivares, pimientos, aji, en áreas de riego Catamarca y La Rioja, las vides en las áreas de riego de Cuyo; las ciruelas, peras, en el Alto Valle, quínoa en humedales alto andinos, cebolla o melón en áreas de riego Santiago del Estero, arándanos en el Litoral, bananos en humedales de Formosa y Salta, etc. (la lista sería interminable)

4. Liberación de contaminantes y residuos sólidos

Al igual que en el punto anterior, entendemos que la ley de presupuestos mínimos no debiera ingresar en ese nivel de detalle, estableciendo prohibiciones o autorizaciones generales para todo el país.

Todas las normas vinculadas al uso y aplicación de sustancias de síntesis químicas, biológicas de uso agropecuario son provinciales.

Una norma que generalice, para todo el país, estarían poniendo en riesgo la seguridad alimentaria en muchas comunidades del país. y afectando la sanidad en la producción agrícola y ganadera.

Existen y se encuentran vigentes diferentes normativas provinciales en materia de Fitosanitarios, estableciendo los procedimientos seguros y el profesional que debe intervenir para garantizar la inocuidad de los alimentos y los procedimientos seguros de aplicación en las diferentes actividades agrícolas ganaderas y forestales. Por todo ello FADIA entiende que la Sociedad necesita leyes que sirvan para los propósitos que se pretenden alcanzar.

Leyes que tengan acuerdos básicos, con consulta previa con los actores involucrados, con un enfoque de gestión territorial integral, que equilibre factores productivos, desarrollo social y sostenibilidad ambiental, respeto al federalismo y al conocimiento científico aplicado.

FADIA ve con preocupación que una ley de presupuestos mínimos, deba lograrse con apuro, más bien sugiere analizar la mejor manera de llegar al resultado que nuestro país requiere.

FADIA está a disposición para todos aquellos legisladores que deseen seguir profundizando la base técnica, la dinámica productiva con sustentabilidad ambiental. El desafío de nuestra sociedad es cambiar temor por conocimiento.

Consejo Directivo Federación Argentina de la Ingeniería Agronómica