Para hacerlo deberán ingresar al sitio de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ingresar a su cuenta con Clave Fiscal (nivel de seguridad 2) y clickear en la opción “Crédito Tasa Cero”. Una vez dentro se le informará si está en condiciones de solicitar el crédito y, de estarlo, cuál es el monto máximo que puede pedir de acuerdo con su categoría.

Quienes puedan pedir el crédito deberán confirmar que quieren hacerlo y completar una serie de datos: monto de préstamo que desea solicitar, Clave Bancaria Uniforme (CBU) y número de tarjeta de crédito asociada al mismo banco de la cuenta informada.

A través de la tarjeta se acreditará el total del crédito en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000. En caso de no tener una tarjeta de crédito, el Banco Central ordenó a los bancos que le garanticen una estos clientes sin ningún costo.

Al finalizar la carga de la información la AFIP le enviará los datos al Central para que los verifique y, en caso de que se determine que la solicitud no puede avanzar, el organismo recaudador le informará al solicitante los motivos por los cuales se le deniega el crédito.

La AFIP también le informará al BCRA las cuotas impositivas y previsionales del monotributo para los períodos fiscales de mayo, junio y julio para que la AFIP pueda descontar esos fondos por el pago de esas obligaciones.

Quienes estén adheridos al débito automático deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad, según prevé el mecanismo establecido por la AFIP.

Es importante recordar que, para solicitar el préstamo, las personas necesitan haber registrado previamente en la web de la AFIP su domicilio fiscal electrónico: correo y teléfono usados como canal de contacto. Una vez completado este proceso el banco elegido tendrá 48 horas hábiles para proceder a la acreditación de la financiación que será de hasta $ 150.000 para las categorías “D” en adelante, de hasta $ 104.370 para la “C”, de hasta $ 78.277 para la “B” y de hasta $ 52.184 para la “A”.

Los bancos no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la AFIP ni cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento, y deberán arbitrar mecanismos para la distribución de las tarjetas.

Se estima que cerca de 2,4 millones de personas estarían en condiciones de tramitar el crédito, incluidos los más de 450.000 monotributistas de las categorías A y B que recibieron el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

No podrán acceder al beneficio los monotributistas que facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados o hayan hecho compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual. Tampoco quienes hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.

Fuente: El Economista