La ficha podrá ser generada por única vez y deberá ser utilizada para declarar las existencias hasta el 31 de julio de 2020. La medida rige exclusivamente para aquellos propietarios de ganado equino que los remitan a faena directa o a centros de acopio para su posterior faena, identificado por CUIT y partido. La validación no requiere la intervención oficial, siendo responsabilidad del titular de boleto de marca.

La Dirección de Auditoría Agroalimentaria de la cartera bonaerense llevará adelante jornadas de formalización y capacitación en identificación de transito de ganado equino e información sobre la oferta de programas y planes que dispone la misma. Como así también estará autorizada a requerir la documentación respaldatoria que considere necesaria.

"Dado que hasta el 30/7/20 en la provincia el movimiento de equinos podrá ser con DUE o Guía de Traslado cualquiera sea el destino de esos animales, esta medida resulta complementaria al sistema de identificación electrónica/DUE que le facilitará a los titulares de equinos regularizar la declaración de existencias y por ende podrán comercializar el producido. A su vez a la industria frigorífica equina se le facilita la comercialización de equinos con la documentación que exige la normativa vigente", precisó el Subsecretario Sergio Robert.

Hoy Buenos Aires carece de información sobre la existencia de animales equinos y a través de esta resolución se prevé generar información sobre el sector facilitando la toma de decisiones y la planificación de políticas públicas relacionadas.