El presidente de la República, Dr. Tabaré Vázquez, firmó ayer el decreto que cambia algunos artículos del Fondo de Garantía Lechero, permitiendo más avances en la instrumentación del crédito blando -vía BROU- que aportará liquidez a los tambos para que puedan seguir funcionando.

Las gremiales de productores estaban esperando la firma del documento de un momento al otro, para que se siguieran resolviendo detalles que posibiliten tener al crédito operativo lo antes posible. El Decreto, establece -entre otras cosas- que podrán acceder al Fondo de Garantía Lechero los productores “cuyo nivel de endeudamiento con instituciones financieras por litro de leche remitido o destinado a su industrialización, no supere los umbrales que a continuación se detalla” y se deja constancia que se hace en base a la última información disponible del productor y de acuerdo con la categoría de riesgo crediticio en que esté clasificado el deudor al momento de consolidar la garantía (normativa BCU). Son U$S 0,50 para los productores categoría 1A, 1C, 2A y 2B; US$ 0,30 para los que se encuentren en categoría 3 y US$ 0,10 para los restantes productores”.

A efectos de considerar los litros remitidos “se tomará la remisión del último año móvil del que se tengan datos de acuerdo con la información recabada por el Fondo de Financiamiento parra el Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera (FFDSAL), contenida en las declaraciones juradas de la industria. Se deja constancia que el reglamento operativo del fondo “podrá establecer topes de cobertura diferenciales según el tamaño y la categoría de riesgo crediticio en que esté clasificado el deudor según la normativa del Banco Central”.

Respecto al Fondo de Garantía para Pequeños Productores Lecheros, el documento marca que podrán acceder a esta línea de garantía los productores lecheros en actividad que hay remitido menos de 480.000 litros en el último año móvil del que se tengan datos, de acuerdo con la información recabada por el FFDSAL contenida en las declaraciones juradas de la industria. Aclara que cuando no se haya remitido en los últimos 12 meses se anualizará lo remitido de acuerdo con la curva de remisión estimada por el Inale. El proceso de cobertura de este fondo será de 100% del capital financiado.