Dicha ley también dispone que las Direcciones regionales de agricultura realicen acciones de promoción, apoyo, seguimiento, monitoreo y supervisión de los mercados de productores agropecuarios e implementen políticas de la región, acorde a las políticas nacionales relacionadas a la materia, a fin que el mercado constituya un espacio de transferencia de conocimientos y técnicas innovadoras, así como de acceso a los avances tecnológicos, para que los productores mejoren su producción.

Asimismo, se indica que los mercados pueden estar organizados y conducidos por personas naturales, jurídicas o cualquier agrupación o forma asociativa que responda a las necesidades de los productores de cada localidad. Estos mercados pueden adoptar la forma empresarial o asociativa que mejor convenga a los productores que lo integran.

Cabe señalar que el reglamento de la ley deberá promulgarse en un plazo no mayor a 60 días.

Producción orgánica

Otra norma publicada este jueves es la que aprueba la Ley Nº 30983, modifica la Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica a fin de incorporar el Sistema de Garantía Participativo como medio de certificación de los productos orgánicos producidos por los pequeños productores, destinados al mercado interno.

En tal sentido, el Senasa autoriza y fiscaliza a las entidades de certificación que comprenden tanto a los organismos de certificación, como al sistema de garantía participativo que operan en el país.

Además solo los productos provenientes u originarios de una producción o importación certificada por una entidad de certificación autorizada por el Senasa, pueden ser comercializados como orgánicos en el país, informó el Ministerio de Agricultura y Riego.

Cabe señalar que ambas leyes se promulgaron en el marco del Plano Agrario, realizado en junio pasado y donde se aprobaron 11 proyectos de ley relacionados al sector agrícola.